Desde sus inicios el sistema de economía de mercado, previó la existencia de competencia, entre los proveedores que, con reglas claras de juego, ofertan sus bienes y servicios a fin de tratar de ganar la predilección de los consumidores.
En este sentido debemos entender como competencia a la pugna entre ofertantes por poner a disposición de los consumidores o usuarios sus productos; escenario en el cual es de vital importancia un instrumento mediante el que los empresarios puedan distinguir los productos propios de los ofrecidos por sus competidores.
Esta relación de consumo no es sólo importante para los empresarios, quienes persiguen de manera legal y legítima un interés lucrativo, sino que al satisfacer necesidades desde las más básicas para los consumidores, establece una relación de consumo, que hace posible el correcto desarrollo del mercado.
En efecto, con el propósito de relacionar un producto específico con un origen empresarial determinado es que se origina la “marca”. A este signo, que algunas veces puede no tener sentido intrínseco, la podemos entender como un signo apto para ser representado gráficamente y que sirva para diferenciar los productos o servicios de otros concurrentes en el mercado.
Los derechos que confiere una marca pueden variar según el sistema jurídico, es así como por ejemplo, en el Perú, donde el ordenamiento jurídico tiene sus bases en el Derecho Romano Germánico, los derechos que pueda conferir una marca, estarán sujetos al registro de la marca como tal.
El más importante de estos derechos, sería el derecho de prohibir o también denominado por el Civil Law “ius prohibendi”, el cual brinda exclusividad al titular de la marca y optar facultativamente por licenciarla (pago de regalías o royality), transferirla gratuita u onerosamente o inclusive gravarla.
Es de precisar que estos derechos poseen límites temporales, siendo que, al igual que casi todos los derechos de propiedad industrial, tienen una duración máxima y limitan su protección a una determinada zona geográfica ya que son válidos únicamente en el territorio en el cual se han concedido (por lo general, pero no exclusivamente, un país).
En la actualidad la mayoría de los países del mundo registran y protegen las marcas, en donde cada oficina nacional o regional mantiene un Registro de marcas que contiene toda la información relativa a los registros y renovaciones que facilita el examen, la investigación y la oposición eventual por parte de terceros.
Es por tanto de vital importancia, tanto económica como jurídicamente, que estos signos se encuentren debidamente protegidos, en tanto brindan un mejor desarrollo dentro del mercado y a su vez contribuyen con la seguridad jurídica necesaria para el desarrollo sostenido de un país.
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